7.1 Contratos indefinidos-
Un contrato indefinido es cuando la duración del contrato no tiene vencimiento predeterminado, o lo que es lo mismo, que subsiste mientras el trabajador no decida marcharse o el empresario despedirlo. El empresario puede romper su contrato en cualquier momento, alegando alguna de las causas previstas en el TRLET o, si eso no es posible, preavisando a la empresa su intención de irse, con el plazo que fije el convenio colectivo, o en su defecto la costumbre del lugar.
El empresario no puede prescindir de sus trabajadores con plena libertad, sino que debe recurrir al despido, en los casos y circunstancias previstos en la ley.
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